Planes de emergencia
Plan de autoprotección (PAU)
La Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz redactó el Plan de Emergencia Interior (PEI) en 1993, debido fundamentalmente a la aprobación de la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante que introdujo numerosas variaciones en el marco legal de los puertos.
Desde entonces y hasta el día de la fecha se han realizado varias revisiones y modificaciones con objeto de actualizar el PEI (PAU en la actualidad) en lo referente a:
- Nuevas infraestructuras con las que se ha dotado la APBC.
- Establecimiento de nuevas empresas concesionarias
- Cambios en el organigrama de la APBC
- Modificaciones en la normativa vigente en la materia de Seguridad, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos Laborales
- Convenio de colaboración con el Consorcio Provincial de Bomberos de la Provincia de Cádiz, para su actuación en el ámbito portuario, habiendose puesto en servicio el nuevo parque de bomberos en el dominio público portuario.
El PAU tiene por objeto establecer los criterios y procedimientos de actuación para hacer frente a una eventual situación de emergencia en la Zona Portuaria de la APBC.
Plan Interior Marítimo (PIM)
El Puerto de la Bahía de Cádiz, da cumplimiento a los requisitos legales en materia de lucha de la contaminación marina en las zonas de servicio del Puerto con objeto de contemplar un aspecto importante en la gestión del riesgo asociado a la actividad portuaria y la planificación de emergencias así como de minimizar las consecuencias sobre las personas, el medio ambiente y las instalaciones, adaptándose a las exigencias que se derivan de la aplicación del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, así como las exigencias del R.D. 253/2004 por el que se establecen medidas de prevención y lucha contra la contaminación en las operaciones de carga, descarga y manipulación de hidrocarburos en el ámbito marítimo y portuario.
Es por ello que en base a la legislación de aplicación, se deduce que el papel de la APBC se encamina a establecer mecanismos de colaboración con la Administración Marítima y las instalaciones afectadas por el R.D. 253/2004, con objeto de coordinar todas las partes implicadas y conseguir una actuación eficaz en caso de un suceso de contaminación marina accidental.
La APBC ha decidido dotarse de medios de lucha contra la contaminación marina accidental (barreras, skimmer, absorbentes, depósito cisterna) que serán movilizados por empresas externas en caso de emergencia.
Por tanto el PIM tiene como objeto reflejar las labores de colaboración, coordinación con los agentes implicados y la actuación de la APBC en el transcurso de situaciones de contaminación marina accidental por hidrocarburos en las Zonas de Servicio del Puerto de la Bahía de Cádiz, en función del nivel de emergencia que se establezca.